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    <title>Blog: Entradas de blog</title>
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    <description>Fuente RSS para la lista Entradas de blog.</description>
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      <title>Blog: Entradas de blog</title>
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      <title>Lesiones musculoesqueléticas en el trabajo: qué son, por qué aparecen y cómo detectarlas</title>
      <link>https://portal.maz.es/Blog/Lists/EntradasDeBlog/ViewPost.aspx?ID=566</link>
      <description><![CDATA[<div><b>Entrada:</b> Las lesiones musculoesqueléticas relacionadas con el trabajo pueden manifestarse con dolor, rigidez, hormigueo o pérdida de fuerza. En este artículo explicamos qué son, qué factores laborales favorecen su aparición y cómo reconocer las primeras señales para actuar a tiempo y prevenir problemas más graves.</div>
<div><b>Imagen:</b> <a href="https://portal.maz.es/Blog/Lists/Fotos/contenido-prl-lesiones-musculoesqueleticas-que-son-blog.jpg">Lesiones musculoesqueléticas en el trabajo: qué son, por qué aparecen y cómo detectarlas</a></div>
<div><b>Cuerpo:</b> <div class="ExternalClass5A11685BE2754110A6F5687478180F81"><p style="margin-top&#58;0px;"><strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Qué son las lesiones musculoesqueléticas relacionadas con el trabajo</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">Las lesiones o trastornos musculoesqueléticos (TME) afectan al aparato locomotor, principalmente a músculos, tendones, articulaciones y nervios. Constituyen uno de los problemas de salud relacionados con el trabajo más frecuentes y pueden afectar especialmente a la espalda, el cuello, los hombros y las extremidades.</p><p>Entre las afecciones habituales se encuentran las tendinitis, las contracturas musculares, las lumbalgias o los trastornos por compresión nerviosa, como el síndrome del túnel carpiano.</p><p>Aunque algunas lesiones aparecen de forma repentina como consecuencia de un accidente o sobreesfuerzo, muchos trastornos musculoesqueléticos se desarrollan progresivamente, debido a la exposición continuada a determinados factores de riesgo.</p><p style="margin-top&#58;10px;"><strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Por qué aparecen&#58; principales factores de riesgo</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">Las lesiones musculoesqueléticas no suelen tener una única causa. Su aparición puede estar relacionada con la combinación de diferentes condiciones físicas y organizativas del trabajo.</p><p>Entre los principales factores de riesgo destacan&#58;</p><ul><li style="margin-top&#58;-10px;line-height&#58;1.5em;"><strong>Posturas forzadas o mantenidas&#58;</strong> permanecer mucho tiempo en posiciones que generan sobrecarga en determinadas zonas del cuerpo.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;"><strong>Movimientos repetitivos&#58;</strong> realizar los mismos gestos durante periodos prolongados, especialmente cuando no existen tiempos suficientes de recuperación.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;"><strong>Manipulación manual de cargas&#58;</strong> levantar, transportar, empujar o desplazar objetos que requieren un esfuerzo físico elevado.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;"><strong>Aplicación continuada de fuerza&#58;</strong> utilizar herramientas o realizar tareas que exigen esfuerzos musculares repetidos.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;"><strong>Exposición a vibraciones&#58;</strong> trabajar con equipos o herramientas que transmiten vibraciones al cuerpo o a las extremidades.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;"><strong>Diseño inadecuado del puesto&#58;</strong> alturas de trabajo, distancias de alcance o distribución de los elementos que obligan a adoptar posturas desfavorables.</li></ul><p>También influyen factores organizativos, como los ritmos de trabajo elevados, la falta de descansos o la escasa posibilidad de alternar tareas.</p><p style="margin-top&#58;10px;"><strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Síntomas de alerta&#58; cómo detectar las primeras molestias</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">Reconocer los síntomas iniciales es importante para evitar que las molestias se mantengan o empeoren.</p><p>Entre las señales a las que conviene prestar atención se encuentran&#58;</p><ul><li style="margin-top&#58;-10px;line-height&#58;1.5em;">Dolor muscular o articular, especialmente si aparece de forma repetida durante la jornada.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">Rigidez, tensión o sensación de agarrotamiento.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">Hormigueo, adormecimiento o alteraciones de la sensibilidad.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">Pérdida de fuerza o dificultad para realizar movimientos habituales.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">Inflamación o molestias que persisten después del descanso.</li></ul><p>En las primeras fases, algunos síntomas pueden aparecer durante el trabajo y mejorar al descansar. Sin embargo, cuando la exposición al riesgo continúa, las molestias pueden hacerse más frecuentes, persistir fuera de la jornada y limitar la actividad.</p><p><strong>No debemos normalizar el dolor como una consecuencia inevitable del trabajo.</strong> Identificar las molestias de forma temprana permite valorar sus posibles causas y adoptar medidas preventivas.</p><p style="margin-top&#58;10px;"><strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Qué hacer si aparecen síntomas musculoesqueléticos</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">Ante la aparición de molestias, es importante evitar que la situación empeore y comunicar lo ocurrido para facilitar una intervención temprana.</p><p>Se recomienda&#58;</p><ul><li style="margin-top&#58;-10px;line-height&#58;1.5em;"><strong>No forzar la zona afectada</strong> y valorar la adaptación de las tareas que puedan estar provocando o agravando las molestias.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;"><strong>Informar al responsable o al servicio de prevención</strong> para que puedan revisarse las condiciones de trabajo.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;"><strong>Solicitar valoración sanitaria</strong> cuando los síntomas sean intensos, persistentes o dificulten las actividades habituales.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;"><strong>Seguir las indicaciones de los profesionales sanitarios</strong> y evitar continuar con actividades que puedan agravar la lesión.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;"><strong>Facilitar el seguimiento del problema</strong>, de manera que puedan identificarse los factores de riesgo y establecer medidas correctoras.</li></ul><p>La detección temprana no solo favorece la atención de la persona afectada, sino que también ayuda a prevenir situaciones similares en el puesto de trabajo.</p><p style="margin-top&#58;10px;"><strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Cómo prevenir las lesiones musculoesqueléticas en el trabajo</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">La prevención debe centrarse en adaptar las condiciones y la organización del trabajo a las características de las personas y a las exigencias de cada tarea.</p><p>Entre las principales medidas preventivas se encuentran&#58;</p><ul><li style="margin-top&#58;-10px;line-height&#58;1.5em;">Evaluar los riesgos ergonómicos del puesto de trabajo.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">Adaptar las alturas, herramientas y equipos para reducir las posturas forzadas.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">Utilizar ayudas mecánicas cuando sea necesario manipular cargas.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">Organizar pausas y alternar tareas para reducir la exposición continuada a movimientos repetitivos.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">Revisar los ritmos de trabajo y facilitar periodos adecuados de recuperación.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">Proporcionar formación e información sobre los riesgos y las medidas preventivas.</li></ul><p>La participación de las personas trabajadoras también es importante para detectar dificultades en las tareas habituales y proponer mejoras.</p><p style="margin-top&#58;10px;"><strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Detectar a tiempo también es prevenir</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">Las lesiones musculoesqueléticas pueden afectar a diferentes actividades profesionales, desde trabajos físicamente exigentes hasta tareas de oficina que implican posturas mantenidas o movimientos repetitivos.</p><p>La combinación de una adecuada evaluación de riesgos, mejoras ergonómicas y una organización del trabajo adaptada resulta fundamental para reducir su aparición.</p><p><strong>Prestar atención a las primeras molestias y actuar sobre sus causas</strong> ayuda a proteger la salud musculoesquelética y a favorecer entornos de trabajo más seguros y saludables.</p><p style="margin-top&#58;20px;">FUENTES&#58; <a href="https&#58;//www.insst.es/materias/riesgos/riesgos-ergonomicos/carga-fisica/trastornos-musculoesqueleticos" target="_blank">Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST). Trastornos musculoesqueléticos</a>; <a href="https&#58;//www.insst.es/materias/riesgos/riesgos-ergonomicos/carga-fisica" target="_blank">INSST. Carga física de trabajo</a>; <a href="https&#58;//osha.europa.eu/es/themes/musculoskeletal-disorders" target="_blank">Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU-OSHA). Trastornos musculoesqueléticos</a>.</p></div></div>
<div><b>Categoría:</b> <a onclick="OpenPopUpPage('https:\u002f\u002fportal.maz.es\u002fBlog\u002f_layouts\u002f15\u002flistform.aspx?PageType=4\u0026ListId={FE247C2F-A1CB-47CD-BDFC-4343B9C7CAE1}\u0026ID=1\u0026RootFolder=*', RefreshPage); return false;" href="https://portal.maz.es/Blog/_layouts/15/listform.aspx?PageType=4&amp;ListId={FE247C2F-A1CB-47CD-BDFC-4343B9C7CAE1}&amp;ID=1&amp;RootFolder=*">Empresa</a>; <a onclick="OpenPopUpPage('https:\u002f\u002fportal.maz.es\u002fBlog\u002f_layouts\u002f15\u002flistform.aspx?PageType=4\u0026ListId={FE247C2F-A1CB-47CD-BDFC-4343B9C7CAE1}\u0026ID=4\u0026RootFolder=*', RefreshPage); return false;" href="https://portal.maz.es/Blog/_layouts/15/listform.aspx?PageType=4&amp;ListId={FE247C2F-A1CB-47CD-BDFC-4343B9C7CAE1}&amp;ID=4&amp;RootFolder=*">Trabajador</a></div>
<div><b>Subcategoria:</b> Prevención</div>
<div><b>Publicada:</b> 26/10/2026 12:01</div>
<div><b>Mostrar en Portada:</b> Sí</div>
<div><b>Mostrar Principal de Categoría:</b> Sí</div>
<div><b>Activo:</b> Sí</div>
<div><b>MostrarSalud:</b> No</div>
]]></description>
      <author>Blanca Pilar Peinado Fernandez</author>
      <category>Empresa; Trabajador</category>
      <pubDate>Wed, 29 Oct 2025 11:05:23 GMT</pubDate>
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    </item>
    <item>
      <title>Alimentación saludable en otoño </title>
      <link>https://portal.maz.es/Blog/Lists/EntradasDeBlog/ViewPost.aspx?ID=255</link>
      <description><![CDATA[<div><b>Entrada:</b> El otoño ofrece una gran variedad de frutas, verduras y otros alimentos que podemos incorporar a una dieta saludable y equilibrada. En este artículo repasamos los principales productos de temporada, sus beneficios nutricionales y algunas ideas para aprovecharlos en nuestra alimentación diaria.</div>
<div><b>Imagen:</b> <a href="https://portal.maz.es/Blog/Lists/Fotos/alimentacion-otono-maz-salud-blog.jpg">Alimentación saludable en otoño </a></div>
<div><b>Cuerpo:</b> <div class="ExternalClass4DF8655C389C49B786AF14B77F9BFABE"><p style="margin-top&#58;0px;"><strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Alimentación de temporada y proximidad&#58; qué significa y por qué elegirla</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">Con la llegada del otoño cambian los productos que encontramos en los mercados y también algunas de nuestras costumbres alimentarias. Es una buena ocasión para variar los menús y dar más protagonismo a los alimentos frescos y de origen vegetal.</p><p>Los <strong>alimentos de temporada</strong> son aquellos que se producen o recolectan en el periodo del año más adecuado para su desarrollo natural. Por su parte, los <strong>productos de proximidad</strong> proceden de zonas cercanas al lugar donde se comercializan.</p><p>Aunque no significan lo mismo, ambas opciones pueden complementarse. Elegir frutas y hortalizas de temporada permite disfrutar de una mayor variedad a lo largo del año y, habitualmente, de una buena relación entre calidad, sabor y precio.</p><p>Además, priorizar alimentos vegetales y opciones de temporada y proximidad puede contribuir a una alimentación más sostenible.</p><p style="margin-top&#58;10px;"><strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Frutas y verduras de otoño&#58; cuáles elegir</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">Las frutas y hortalizas aportan agua, fibra, vitaminas, minerales y otros compuestos beneficiosos para la salud. Su consumo variado es una parte fundamental de una alimentación equilibrada.</p><p>Entre los productos característicos del otoño encontramos&#58;</p><ul><li style="margin-top&#58;-10px;line-height&#58;1.5em;"><strong>Frutas&#58;</strong> manzanas, peras, uvas y membrillos. A medida que avanza la estación también llegan los cítricos, como mandarinas y naranjas, que destacan por su aporte de vitamina C.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;"><strong>Verduras y hortalizas&#58;</strong> calabaza, zanahoria, puerro, boniato, acelga, espinaca, coliflor, repollo y lombarda. Aportan distintos nutrientes, como fibra, folatos y carotenoides, según el alimento.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;"><strong>Setas&#58;</strong> especialmente presentes en esta época del año, pueden utilizarse en numerosos platos y aportar variedad a nuestra alimentación.</li></ul><p>La disponibilidad concreta de estos productos puede variar según la zona geográfica y el momento de la temporada.</p><p>La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN) recomienda consumir diariamente <strong>al menos tres raciones de hortalizas y entre dos y tres de frutas</strong>, procurando que sean variadas.</p><p style="margin-top&#58;10px;"><strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Legumbres y frutos secos&#58; también protagonistas del otoño</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">Con las temperaturas más frescas suelen apetecer platos calientes y preparaciones de cuchara. Las legumbres son una buena opción para elaborar comidas completas y nutritivas.</p><p><strong>Lentejas, garbanzos y alubias</strong> aportan proteínas de origen vegetal, hidratos de carbono complejos, fibra, vitaminas y minerales. Aunque pueden consumirse durante todo el año, en otoño resultan especialmente versátiles para preparar guisos, potajes y platos con verduras.</p><p>Por otra parte, esta estación también nos acerca a alimentos como las <strong>castañas, nueces, almendras y avellanas</strong>.</p><p>Los frutos secos como las nueces, almendras y avellanas aportan grasas insaturadas, fibra y minerales. Las castañas presentan una composición diferente, con mayor proporción de hidratos de carbono y menor contenido en grasa.</p><p>La AESAN recomienda incluir legumbres al menos cuatro veces por semana y consumir frutos secos sin sal, grasas ni azúcares añadidos de forma habitual.</p><p style="margin-top&#58;10px;"><strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Ideas para incorporar alimentos de otoño a nuestros menús</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">Aprovechar los productos de temporada no requiere grandes cambios en la cocina. Algunas combinaciones sencillas permiten preparar platos variados y equilibrados&#58;</p><ul><li style="margin-top&#58;-10px;line-height&#58;1.5em;"><strong>Crema de calabaza, puerro y zanahoria&#58;</strong> una forma de incorporar diferentes hortalizas a las comidas.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;"><strong>Garbanzos con espinacas&#58;</strong> un plato que combina legumbres y verduras.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;"><strong>Ensalada de lombarda, manzana y nueces&#58;</strong> una alternativa para consumir vegetales frescos y frutos secos.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;"><strong>Lentejas con verduras&#58;</strong> una preparación completa que podemos adaptar con los productos disponibles.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;"><strong>Fruta fresca y frutos secos naturales&#58;</strong> opciones sencillas para tomar entre comidas.</li></ul><p>También es importante mantener el consumo de agua, utilizar aceite de oliva como grasa principal y limitar los alimentos con exceso de sal, azúcares añadidos y grasas poco saludables.</p><p style="margin-top&#58;10px;"><strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Una alimentación equilibrada durante todo el año</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">Una dieta saludable no depende de un alimento concreto ni de una estación. Lo importante es mantener una alimentación variada, con suficiente presencia de frutas, verduras, legumbres, cereales integrales y otros alimentos que permitan cubrir nuestras necesidades nutricionales.</p><p>Aunque una alimentación adecuada contribuye al funcionamiento normal del organismo, ningún alimento por sí solo evita las infecciones respiratorias propias de los meses más fríos.<br></p><p>El otoño es una buena oportunidad para renovar nuestros menús, aprovechar los productos de temporada y consolidar hábitos de alimentación saludables durante todo el año.</p><p style="margin-top&#58;20px;"><span class="ms-rteFontSize-1"><em>FUENTES&#58; </em></span><a href="https&#58;//www.aesan.gob.es/actualidad/publicaciones-nutricion/recomendaciones-dieteticas-saludables-y-sostenibles-complementadas-con-recomendaciones-de-actividad-fisica-para-la-poblacion-espanola" target="_blank"><span class="ms-rteFontSize-1"><em>Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN)</em></span></a><span class="ms-rteFontSize-1"><em>; </em></span><a href="https&#58;//estilosdevidasaludable.sanidad.gob.es/alimentacionSaludable/queSabemos/informacionAlimentos/grupos/home.htm" target="_blank"><span class="ms-rteFontSize-1"><em>Ministerio de Sanidad</em></span></a><span class="ms-rteFontSize-1"><em>.</em></span></p></div></div>
<div><b>Subcategoria:</b> Salud</div>
<div><b>Publicada:</b> 28/10/2026 8:49</div>
<div><b>Mostrar en Portada:</b> Sí</div>
<div><b>Mostrar Principal de Categoría:</b> Sí</div>
<div><b>Activo:</b> Sí</div>
<div><b>MostrarSalud:</b> Sí</div>
]]></description>
      <author>Paula Gil Peralta</author>
      <pubDate>Fri, 04 Nov 2022 12:57:09 GMT</pubDate>
      <guid isPermaLink="true">https://portal.maz.es/Blog/Lists/EntradasDeBlog/ViewPost.aspx?ID=255</guid>
    </item>
    <item>
      <title>Real Decreto-ley 31/2026: principales novedades en las prestaciones de la Seguridad Social</title>
      <link>https://portal.maz.es/Blog/Lists/EntradasDeBlog/ViewPost.aspx?ID=669</link>
      <description><![CDATA[<div><b>Entrada:</b> El Real Decreto-ley 31/2026 introduce cambios en distintas prestaciones de la Seguridad Social, como el cuidado de menores con enfermedades graves, la incapacidad temporal, las pensiones y la protección de las personas autónomas. En MAZ repasamos las principales novedades, sus requisitos y las diferentes fechas de aplicación.</div>
<div><b>Imagen:</b> <a href="https://portal.maz.es/Blog/Lists/Fotos/rd-ley-31-2026-novedades-prestaciones-seguridad-social-mutua-maz.jpg">Real Decreto-ley 31/2026: principales novedades en las prestaciones de la Seguridad Social</a></div>
<div><b>Cuerpo:</b> <div class="ExternalClass73730ACD8BD04E14B752D3023315D447"><p style="margin-top&#58;10px;margin-bottom&#58;14px;font-size&#58;1.15em;line-height&#58;1.4;">
      <strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">¿Qué modifica el Real Decreto-ley 31/2026?</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">El 
      <strong>Real Decreto-ley 31/2026, de 20 de octubre</strong>, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 21 de octubre de 2026, incorpora una serie de medidas destinadas a mejorar la protección de la Seguridad Social y adaptar determinadas prestaciones a nuevas situaciones sociales y sanitarias.</p><p>Entre las principales novedades se encuentran la ampliación de la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave (CUME), la incorporación de dos situaciones especiales de incapacidad temporal (IT), los cambios en el cálculo de las bases reguladoras y la flexibilización de determinados requisitos para acceder a las pensiones de viudedad.​<br></p><p>
      <strong>Aunque el real decreto-ley entró en vigor el 21 de octubre de 2026, algunas modificaciones tienen fechas de aplicación posteriores</strong>, que se detallan a continuación.</p><p style="margin-top&#58;26px;margin-bottom&#58;14px;font-size&#58;1.15em;line-height&#58;1.4;">
      <strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Mejoras en la prestación por cuidado de menores con cáncer u otra enfermedad grave (CUME)</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">La prestación CUME está destinada a compensar la pérdida de ingresos de las personas trabajadoras que necesitan reducir su jornada laboral, al menos un 50 %, para atender al cuidado directo, continuo y permanente de un menor afectado por cáncer u otra enfermedad grave.</p><p>El Real Decreto-ley 31/2026 introduce modificaciones en los artículos 190, 191 y 192 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), así como en el artículo 37.6 del Estatuto de los Trabajadores.</p><p style="margin-top&#58;18px;margin-bottom&#58;9px;">
      <strong>Ampliación de la prestación más allá de los 26 años</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">La nueva regulación permite, de forma excepcional, mantener la prestación cuando la persona enferma haya cumplido los 26 años, siempre que tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 65 % o un grado III de dependencia.</p><p>Para mantener este derecho deberán seguir cumpliéndose los requisitos exigidos, entre ellos la necesidad acreditada de cuidado directo, continuo y permanente y la convivencia con la persona beneficiaria.</p><p style="margin-top&#58;18px;margin-bottom&#58;9px;">
      <strong>Mayor flexibilidad en las situaciones de hospitalización y tratamiento</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">La prestación podrá reconocerse cuando la persona enferma requiera ingreso hospitalario o una situación asimilada en los términos que se desarrollen reglamentariamente.</p><p>De esta forma, la regulación contempla situaciones en las que, sin existir un ingreso hospitalario, resulten necesarios tratamientos médicos y cuidados continuados que justifiquen la protección.</p><p style="margin-top&#58;18px;margin-bottom&#58;9px;">
      <strong>Posibilidad de que ambas personas cuidadoras perciban la prestación</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">Otra de las principales novedades es que ambas personas progenitoras, guardadoras con fines de adopción o acogedoras permanentes podrán acceder a la prestación por una misma persona enferma, de forma alternativa o simultánea, siempre que cumplan los requisitos correspondientes.</p><p>Cuando ambas personas perciban simultáneamente la prestación por el mismo causante, cada una tendrá derecho a un subsidio equivalente al 
      <strong>50 % de su respectiva base reguladora de incapacidad temporal por contingencias profesionales</strong>, con independencia del porcentaje de reducción de su jornada laboral.</p><p>Cuando la prestación sea percibida por una sola persona beneficiaria, se mantiene el subsidio equivalente al 100 % de la base reguladora correspondiente a la incapacidad temporal por contingencias profesionales, en proporción a la reducción de jornada.<br></p><p>Por otra parte, cuando en una <strong>misma unidad familiar exista más de una persona a cargo que cumpla con los requisitos</strong>, podrá reconocerse el subsidio <strong>a ambas personas progenitoras</strong>, siempre que cada una de ellas cumpla con los requisitos.<br></p><p style="margin-top&#58;18px;margin-bottom&#58;9px;">
      <strong>Adaptación a diferentes situaciones familiares</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">La reforma también introduce cambios para atender distintas circunstancias familiares. En casos de separación, divorcio, nulidad matrimonial, extinción de la pareja de hecho o violencia de género, la prestación podrá reconocerse a la persona cuidadora que conviva con la persona enferma, aunque la otra no trabaje, siempre que se cumplan los restantes requisitos.</p><p>Además, cuando existan hijos o hijas comunes, no será necesaria la inscripción formal de la pareja de hecho para acreditar su constitución a efectos de esta prestación.</p><p>Estas modificaciones, junto con los cambios correspondientes en el derecho a la reducción de jornada, 
      <strong>producen efectos desde el 23 de octubre de 2026</strong>.</p><p style="margin-top&#58;26px;margin-bottom&#58;14px;font-size&#58;1.15em;line-height&#58;1.4;">
      <strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Incapacidad temporal&#58; nuevas situaciones especiales y cambios en el cálculo de la prestación</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">El real decreto-ley incorpora modificaciones en la regulación de la incapacidad temporal, tanto en las situaciones que reciben una protección específica como en las reglas para determinar la cuantía económica de la prestación.</p><p style="margin-top&#58;18px;margin-bottom&#58;9px;">
      <strong>Dos nuevas situaciones especiales de incapacidad temporal</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">La norma incorpora dos nuevos supuestos especiales de incapacidad temporal por contingencias comunes&#58;</p><ul style="margin-top&#58;11px;margin-bottom&#58;13px;padding-left&#58;26px;"><li style="margin-top&#58;-10px;line-height&#58;1.5em;">
         <strong>Patología limitante por trastorno menopáusico secundario&#58;</strong> cuando exista una patología codificada a tal efecto, la mujer reciba asistencia sanitaria del Servicio Público de Salud y se encuentre impedida para trabajar como consecuencia de dicha patología.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">
         <strong>Lesiones derivadas de violencia de género&#58;</strong> cuando las lesiones producidas en las circunstancias contempladas por la norma impidan trabajar a la mujer afectada y se cumplan los requisitos específicos de acreditación y vinculación causal establecidos legalmente.</li></ul><p>Estas situaciones se incorporan a las ya existentes, como la menstruación incapacitante secundaria, la interrupción del embarazo, la gestación desde el primer día de la semana 39 y la donación de órganos o tejidos para trasplante.</p><p style="margin-top&#58;18px;margin-bottom&#58;9px;">
      <strong>¿Cómo se abona la prestación en los nuevos supuestos?</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">Las dos nuevas situaciones especiales cuentan con condiciones específicas de protección económica&#58;</p><ul style="margin-top&#58;11px;margin-bottom&#58;13px;padding-left&#58;26px;"><li style="margin-top&#58;-10px;line-height&#58;1.5em;">No se exige un periodo mínimo previo de cotización.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">El subsidio se abona desde el día siguiente al de la baja en el trabajo, a cargo de la entidad gestora o colaboradora que cubra la incapacidad temporal por contingencias comunes.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">La empresa asume el salario íntegro correspondiente al día de la baja.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">La cuantía del subsidio es equivalente al 60 % de la base reguladora hasta el día 20 de baja y al 75 % a partir del día 21.</li></ul><p>Estas condiciones permiten acceder a la prestación económica desde una fase anterior a la prevista con carácter general para las bajas por enfermedad común.</p><p>
      <strong>Las modificaciones relativas a las situaciones especiales de incapacidad temporal producen efectos desde el 1 de diciembre de 2026.</strong></p><p style="margin-top&#58;18px;margin-bottom&#58;9px;">
      <strong>Cambios en el cálculo de la base reguladora de incapacidad temporal</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">El artículo 171 de la LGSS introduce una modificación en la referencia temporal utilizada para calcular la base reguladora de la incapacidad temporal.</p><p>Con carácter general, la base de cotización que se utilizará será la correspondiente al 
      <strong>mes inmediatamente anterior al mes previo al hecho causante</strong>.<br></p><p>El cálculo presenta particularidades según el origen de la incapacidad&#58;</p><ul style="margin-top&#58;11px;margin-bottom&#58;13px;padding-left&#58;26px;"><li style="margin-top&#58;-10px;line-height&#58;1.5em;">
         <strong>Contingencias comunes&#58;</strong> se divide la base de cotización del mes inmediatamente anterior al mes previo al del hecho causante entre el número de días a los que se refiere esa cotización. Cuando la persona trabajadora perciba retribución mensual y haya permanecido de alta en la empresa todo el mes natural, se divide entre 30.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">
         <strong>Contingencias profesionales&#58;</strong> se suma la base de cotización por contingencias profesionales del mes inmediatamente anterior al mes previo al del hecho causante, sin horas extraordinarias, dividida entre los días a los que corresponda esa cotización, más las horas extraordinarias realizadas en el año anterior al mes previo al del hecho causante divididas entre 365 días​.</li></ul><p>La regulación también contempla reglas específicas para las personas trabajadoras que hayan ingresado en la empresa durante el mes de la baja médica o el inmediatamente anterior.</p><p>Estas modificaciones son relevantes para la determinación de la cuantía de la prestación por incapacidad temporal y para otras prestaciones que utilizan su base reguladora como referencia.</p><p>
      <strong>Los cambios en el cálculo de la base reguladora producen efectos desde el 1 de diciembre de 2026.</strong></p><p style="margin-top&#58;26px;margin-bottom&#58;14px;font-size&#58;1.15em;line-height&#58;1.4;">
      <strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Cambios para las personas trabajadoras autónomas</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">El Real Decreto-ley 31/2026 introduce dos modificaciones relevantes para las personas incluidas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), relacionadas con el cálculo de la incapacidad temporal y la regularización de sus bases de cotización.</p><p style="margin-top&#58;18px;margin-bottom&#58;9px;">
      <strong>Nueva referencia para calcular la incapacidad temporal</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">La modificación del artículo 318 de la LGSS establece que, con carácter general, la base reguladora de incapacidad temporal de las personas autónomas, cualquiera que sea la contingencia, se calculará tomando la base de cotización del mes inmediatamente anterior al mes previo al hecho causante y dividiéndola entre 30.</p><p>Se establecen reglas particulares cuando el alta en el RETA se haya producido en el mismo mes de la baja médica o en el inmediatamente anterior.</p><p>Esta modificación entró en vigor el 
      <strong>21 de octubre de 2026</strong>.</p><p style="margin-top&#58;18px;margin-bottom&#58;9px;">
      <strong>Cambios en la regularización de las bases de cotización</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">La reforma del artículo 309.1 de la LGSS introduce modificaciones en la relación entre la regularización de cotizaciones de las personas autónomas y el reconocimiento de prestaciones económicas.</p><p>Con la nueva regulación, determinadas bases de cotización que ya se hayan utilizado para calcular prestaciones reconocidas antes de la regularización quedarán excluidas de esta.</p><p>También se excluyen determinadas bases posteriores hasta el mes en que se produzca el hecho causante de la prestación.</p><p>Estas bases adquieren carácter definitivo, sin que proceda revisar posteriormente la cuantía de las prestaciones ya reconocidas.</p><p>Asimismo, se establece el carácter definitivo de las bases de cotización correspondientes a determinados periodos en los que la persona autónoma perciba prestaciones y deba permanecer de alta en el régimen especial.</p><p>Esta modificación 
      <strong>producirá efectos a partir del 1 de enero de 2027</strong>.</p><p style="margin-top&#58;26px;margin-bottom&#58;14px;font-size&#58;1.15em;line-height&#58;1.4;">
      <strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Nuevos requisitos para acceder a la pensión de viudedad en parejas de hecho</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">La modificación del artículo 221.2 de la LGSS flexibiliza los requisitos para acreditar la existencia de una pareja de hecho cuando existen hijos o hijas en común.</p><p>En estos casos, no será necesario acreditar la constitución formal de la pareja mediante inscripción en un registro específico o documento público.</p><p>En su lugar, se exige acreditar una 
      <strong>convivencia estable y notoria de al menos dos años ininterrumpidos inmediatamente anteriores al fallecimiento</strong>, mediante el correspondiente certificado de empadronamiento.</p><p>En los supuestos en los que no existan hijos comunes, se mantienen los requisitos generales de convivencia y acreditación formal previstos en la norma.</p><p>Además, se establece un régimen transitorio para que determinadas personas cuya pareja haya fallecido antes de la reforma puedan solicitar el reconocimiento de la pensión, siempre que cumplan las condiciones exigidas.</p><p>Para estos supuestos excepcionales, el plazo de solicitud será de 
      <strong>12 meses improrrogables desde la entrada en vigor del real decreto-ley</strong>.</p><p>También se contemplan posibilidades de rehabilitación de determinadas pensiones de viudedad anteriormente suspendidas, con los requisitos y plazos establecidos.</p><p>Estas modificaciones entraron en vigor el 
      <strong>21 de octubre de 2026</strong>.</p><p style="margin-top&#58;26px;margin-bottom&#58;14px;font-size&#58;1.15em;line-height&#58;1.4;">
      <strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Mayor protección ante situaciones catastróficas</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">El real decreto-ley incorpora una nueva disposición adicional a la Ley General de la Seguridad Social para reforzar la protección de las personas afectadas por acontecimientos catastróficos.</p><p>Esta disposición establece que las futuras normas con rango de ley aprobadas para dar una cobertura extraordinaria ante una catástrofe podrán acordar que determinadas prestaciones de la Seguridad Social se asimilen a contingencias profesionales.</p><p>Entre ellas se incluyen las prestaciones de 
      <strong>incapacidad temporal, incapacidad permanente y muerte y supervivencia</strong>.</p><p>Esta posibilidad permitiría aplicar una cobertura más favorable cuando así lo establezca expresamente la normativa aprobada para una situación catastrófica concreta.</p><p>Por tanto, la nueva disposición no supone una asimilación automática en todos los casos, sino que establece el marco legal para poder adoptar estas medidas extraordinarias.</p><p style="margin-top&#58;26px;margin-bottom&#58;14px;font-size&#58;1.15em;line-height&#58;1.4;">
      <strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Otras medidas de protección social</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">Además de las novedades anteriores, el Real Decreto-ley 31/2026 introduce modificaciones en otros ámbitos de la protección social&#58;</p><ol style="margin-top&#58;12px;margin-bottom&#58;14px;padding-left&#58;28px;"><li style="margin-top&#58;-5px;line-height&#58;1.5em;">
         <strong>Protección por orfandad&#58;</strong> en los supuestos previstos de fallecimiento por violencia contra la mujer, la prestación de orfandad se fija en el doble del salario mínimo interprofesional (SMI) mensual y se establece ese mismo importe como mínimo mensual de la pensión de orfandad. Si existen varias personas beneficiarias, el importe conjunto está sujeto al límite fijado en la norma.</li><li style="margin-top&#58;9px;line-height&#58;1.5em;">
         <strong>Pensiones e indemnizaciones por terrorismo&#58;</strong> se modifica la cuantía mínima de las pensiones extraordinarias por actos de terrorismo y se incorporan medidas para equiparar determinadas indemnizaciones a las víctimas.</li><li style="margin-top&#58;9px;line-height&#58;1.5em;">
         <strong>Fondo de Garantía del Pago de Alimentos&#58;</strong> se eleva de 100 a 300 euros mensuales la cuantía máxima del anticipo por beneficiario, se amplía su duración y se modifican determinados requisitos económicos y de acceso.</li><li style="margin-top&#58;9px;line-height&#58;1.5em;">
         <strong>Régimen Especial de los Trabajadores del Mar&#58;</strong> se adapta la regulación de la incapacidad temporal y se extiende el subsidio especial por nacimiento y cuidado de menor en los supuestos previstos.</li><li style="margin-top&#58;9px;line-height&#58;1.5em;">
         <strong>Otros regímenes de protección social&#58;</strong> se introducen adaptaciones en los regímenes de funcionarios públicos y en Clases Pasivas del Estado, relacionadas con determinadas situaciones de incapacidad temporal y pensiones.</li></ol><p>Estas medidas cuentan con condiciones, requisitos y fechas de aplicación específicas que pueden consultarse en el 
      <a href="https&#58;//www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2026-21872" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Real Decreto-ley 31/2026 publicado en el BOE</a> y en la 
      <a href="https&#58;//www.inclusion.gob.es/w/el-gobierno-aprueba-nuevas-medidas-de-mejora-de-la-accion-protectora-de-la-seguridad-social-y-de-otras-normas-sociales%C2%A0" target="_blank" rel="noopener noreferrer">información difundida por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones</a>.</p><p style="margin-top&#58;26px;margin-bottom&#58;14px;font-size&#58;1.15em;line-height&#58;1.4;">
      <strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">¿Cuándo se aplican las novedades del Real Decreto-ley 31/2026?</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">Aunque la norma entró en vigor el 21 de octubre de 2026, sus modificaciones producen efectos en diferentes fechas&#58;</p><table cellpadding="9" cellspacing="0" style="border-collapse&#58;collapse;width&#58;100%;margin-top&#58;12px;margin-bottom&#58;18px;font-size&#58;0.95em;line-height&#58;1.5em;"><thead><tr style="background-color&#58;#006ca6;color&#58;#ffffff;"><th scope="col" style="text-align&#58;left;width&#58;30%;border&#58;1px solid #c7dce8;padding&#58;10px;">Fecha de aplicación</th><th scope="col" style="text-align&#58;left;border&#58;1px solid #c7dce8;padding&#58;10px;">Principales novedades</th></tr></thead><tbody><tr style="background-color&#58;#f3f8fb;"><td style="vertical-align&#58;top;border&#58;1px solid #c7dce8;padding&#58;9px;">
               <strong>21 de octubre de 2026</strong></td><td style="vertical-align&#58;top;border&#58;1px solid #c7dce8;padding&#58;9px;">Entrada en vigor general. Cambios en IT de autónomos, viudedad, protección ante catástrofes y otras medidas.</td></tr><tr><td style="vertical-align&#58;top;border&#58;1px solid #c7dce8;padding&#58;9px;">
               <strong>23 de octubre de 2026</strong></td><td style="vertical-align&#58;top;border&#58;1px solid #c7dce8;padding&#58;9px;">Modificaciones en la prestación CUME y la reducción de jornada vinculada al cuidado.</td></tr><tr style="background-color&#58;#f3f8fb;"><td style="vertical-align&#58;top;border&#58;1px solid #c7dce8;padding&#58;9px;">
               <strong>1 de noviembre de 2026</strong></td><td style="vertical-align&#58;top;border&#58;1px solid #c7dce8;padding&#58;9px;">Nueva cuantía mínima de las pensiones extraordinarias por actos de terrorismo.</td></tr><tr><td style="vertical-align&#58;top;border&#58;1px solid #c7dce8;padding&#58;9px;">
               <strong>1 de diciembre de 2026</strong></td><td style="vertical-align&#58;top;border&#58;1px solid #c7dce8;padding&#58;9px;">Nuevas situaciones especiales de IT, requisitos, condiciones de abono y cálculo de bases reguladoras, junto con determinadas adaptaciones a otros regímenes.</td></tr><tr style="background-color&#58;#f3f8fb;"><td style="vertical-align&#58;top;border&#58;1px solid #c7dce8;padding&#58;9px;">
               <strong>1 de enero de 2027</strong></td><td style="vertical-align&#58;top;border&#58;1px solid #c7dce8;padding&#58;9px;">Nuevas reglas sobre regularización de bases de cotización de autónomos vinculadas a prestaciones.</td></tr></tbody></table><p>Las medidas introducidas por el Real Decreto-ley 31/2026 modifican tanto las condiciones de acceso y mantenimiento de determinadas prestaciones como las reglas utilizadas para calcularlas.</p><p>Por ello, para conocer su aplicación en cada caso, es importante tener en cuenta los requisitos específicos de cada prestación, las circunstancias de la persona beneficiaria y la fecha desde la que produce efectos la modificación correspondiente.</p><p style="margin-top&#58;20px;">
      <strong>FUENTES&#58;</strong> 
      <a href="https&#58;//www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2026-21872" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Real Decreto-ley 31/2026, de 20 de octubre (BOE)</a>; 
      <a href="https&#58;//www.inclusion.gob.es/w/el-gobierno-aprueba-nuevas-medidas-de-mejora-de-la-accion-protectora-de-la-seguridad-social-y-de-otras-normas-sociales%C2%A0" target="_blank" rel="noopener noreferrer">Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones</a>.</p> ​ </div></div>
<div><b>Subcategoria:</b> Laboral</div>
<div><b>Publicada:</b> 22/10/2026 14:11</div>
<div><b>Mostrar en Portada:</b> Sí</div>
<div><b>Mostrar Principal de Categoría:</b> Sí</div>
<div><b>Activo:</b> Sí</div>
<div><b>MostrarSalud:</b> No</div>
]]></description>
      <author>Blanca Pilar Peinado Fernandez</author>
      <pubDate>Thu, 22 Oct 2026 12:17:06 GMT</pubDate>
      <guid isPermaLink="true">https://portal.maz.es/Blog/Lists/EntradasDeBlog/ViewPost.aspx?ID=669</guid>
    </item>
    <item>
      <title>Salud mental en el trabajo: prevenir los riesgos psicosociales es una tarea compartida</title>
      <link>https://portal.maz.es/Blog/Lists/EntradasDeBlog/ViewPost.aspx?ID=668</link>
      <description><![CDATA[<div><b>Entrada:</b> Con motivo de la Semana Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo 2026, en MAZ abordamos la importancia de prevenir los riesgos psicosociales y promover entornos laborales que protejan la salud mental. Compartimos las principales claves de nuestro webinar «Juntos por la salud mental».</div>
<div><b>Imagen:</b> <a href="https://portal.maz.es/Blog/Lists/Fotos/semana-europea-salud-y-seguridad-en-el-trabajo-juntos-por-la-salud-mental-webinar-blog.jpg">Salud mental en el trabajo: prevenir los riesgos psicosociales es una tarea compartida</a></div>
<div><b>Cuerpo:</b> <div class="ExternalClass6B0BB45F35DA4202A807B0D32987B2FC"><p>​Del 
   <strong>19 al 24 de octubre de 2026</strong> se celebra la Semana Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo, que este año pone el foco en 
   <strong>la prevención de los riesgos psicosociales</strong>. Es el primer año de la nueva campaña europea 2026-2028, «Compromiso por la salud mental en el trabajo», impulsada por la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU-OSHA), cuyo objetivo es concienciar sobre estos riesgos y fomentar entornos laborales más saludables.</p><p>En este contexto, desde MAZ compartimos el webinar 
   <strong>«Juntos por la salud mental»</strong>, en el que abordamos cómo las condiciones de trabajo, el liderazgo, las relaciones personales y la resiliencia influyen en el bienestar psicológico de las personas trabajadoras.</p> 

<iframe width="560" height="315" src="https&#58;//www.youtube.com/embed/zWYi2HxlQu0?si=Rpq-5D-GAE-J77MZ" title="YouTube video player" frameborder="0" allowfullscreen=""></iframe>​

<p style="margin-top&#58;10px;">
   <strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Riesgos psicosociales&#58; cómo influyen en la salud mental</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">La salud mental en el trabajo no depende únicamente de la capacidad individual para gestionar el estrés. Las condiciones en las que desarrollamos nuestra actividad también pueden proteger nuestro bienestar o contribuir a deteriorarlo.</p><p>Entre los factores que pueden afectar a la salud mental encontramos&#58;</p><ul><li style="margin-top&#58;-10px;line-height&#58;1.5em;">La sobrecarga de trabajo y los plazos excesivamente exigentes.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">La falta de autonomía o participación en las decisiones.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">Los problemas de comunicación y las relaciones laborales conflictivas.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">La violencia, el acoso y las situaciones de discriminación.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">La inseguridad laboral y la incertidumbre.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">Los horarios, turnos y dificultades para conciliar o descansar adecuadamente.</li></ul><p>Estas situaciones pueden contribuir a generar estrés, agotamiento emocional, ansiedad, problemas de sueño o conflictos, especialmente cuando se mantienen en el tiempo.</p><p>Por ello, 
   <strong>prevenir los riesgos psicosociales implica actuar sobre las condiciones de trabajo</strong>, no solo proporcionar herramientas individuales para afrontar sus consecuencias.</p><p style="margin-top&#58;10px;">
   <strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Qué pueden hacer las organizaciones para proteger la salud mental</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">Uno de los mensajes centrales del webinar es que la organización tiene un papel fundamental en la prevención. Construir entornos laborales saludables requiere compromiso, recursos y actuaciones que se traduzcan en mejoras reales.</p><p>Entre las medidas abordadas destacan&#58;</p><ul><li style="margin-top&#58;-10px;line-height&#58;1.5em;">
      <strong>Cuidar las relaciones laborales&#58;</strong> fomentar el respeto, la empatía, la colaboración y los espacios libres de discriminación.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">
      <strong>Revisar las cargas de trabajo&#58;</strong> establecer ritmos, objetivos y plazos realistas, adecuados a los recursos disponibles.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">
      <strong>Favorecer la participación&#58;</strong> escuchar a las personas trabajadoras y facilitar su implicación en las decisiones que afectan a su actividad.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">
      <strong>Promover un liderazgo cercano&#58;</strong> impulsar una comunicación clara, el reconocimiento, la confianza y la gestión adecuada de los conflictos.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">
      <strong>Facilitar la conciliación y el apoyo&#58;</strong> tener en cuenta las necesidades personales y ofrecer acompañamiento ante situaciones de vulnerabilidad.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">
      <strong>Prevenir el acoso y reducir el estigma&#58;</strong> promover entornos donde las personas puedan expresar sus dificultades y solicitar ayuda sin temor a ser juzgadas.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">
      <strong>Impulsar el desarrollo profesional&#58;</strong> facilitar una formación útil, oportunidades de aprendizaje y condiciones que favorezcan la estabilidad.</li></ul><p>No se trata únicamente de promover el bienestar, sino de integrar la salud mental en la cultura preventiva y en la gestión diaria de las organizaciones.</p><p style="margin-top&#58;10px;">
   <strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Resiliencia organizacional&#58; crear entornos que cuidan</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">La resiliencia fue otro de los conceptos principales del webinar. Se trata de la capacidad para afrontar situaciones adversas, adaptarse y recuperar el equilibrio.</p><p>En el entorno laboral, esta capacidad no debe entenderse solo como una cualidad individual. Una 
   <strong>organización resiliente</strong> es también aquella que sabe anticiparse a las dificultades, ofrecer recursos, generar confianza y acompañar a las personas cuando lo necesitan.</p><p>El liderazgo desempeña un papel esencial. Reconocer el trabajo realizado, mantener una comunicación abierta, fomentar relaciones de apoyo y generar seguridad psicológica contribuye a crear un ambiente en el que las personas puedan expresar sus opiniones, compartir dificultades y participar sin miedo.</p><p>La idea no es conseguir que las personas soporten cada vez más presión, sino construir organizaciones capaces de prevenir situaciones perjudiciales y ofrecer apoyo cuando aparecen dificultades.</p><p style="margin-top&#58;10px;">
   <strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Qué podemos hacer para cuidar nuestra resiliencia personal</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">Junto a las medidas organizativas, el webinar también plantea recursos personales que pueden ayudarnos a afrontar momentos de vulnerabilidad y fortalecer nuestro bienestar.</p><p>Algunas recomendaciones prácticas son&#58;</p><ul><li style="margin-top&#58;-10px;line-height&#58;1.5em;">
      <strong>Reconocer nuestras señales de malestar&#58;</strong> identificar situaciones que generan estrés, agotamiento o dificultades emocionales.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">
      <strong>Cuidar las redes de apoyo&#58;</strong> mantener relaciones personales y profesionales que permitan compartir preocupaciones y recibir acompañamiento.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">
      <strong>Aprender a pedir ayuda&#58;</strong> reconocer cuándo necesitamos apoyo y permitir que otras personas nos acompañen.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">
      <strong>Identificar nuestras fortalezas y recursos&#58;</strong> recordar cómo hemos afrontado dificultades anteriores y qué estrategias nos han resultado útiles.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">
      <strong>Cuidar los hábitos saludables&#58;</strong> prestar atención al descanso, la alimentación, la actividad física y el tiempo personal.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">
      <strong>Introducir pequeños cambios&#58;</strong> identificar qué aspectos están a nuestro alcance y plantear avances realistas, aunque sean modestos.</li></ul><p>En este último punto, el webinar propone una reflexión sencilla&#58; 
   <strong>¿qué pequeño cambio, aunque solo represente un 1 %, podemos incorporar para mejorar una situación?</strong> Avanzar de forma progresiva puede ayudarnos a recuperar la sensación de capacidad y control sobre aquello en lo que sí podemos intervenir.</p><p>Estas herramientas personales pueden ser útiles, pero no sustituyen las medidas preventivas que deben adoptarse en el entorno laboral.</p><p style="margin-top&#58;10px;">
   <strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Salud mental en el trabajo&#58; una responsabilidad compartida</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">La Semana Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo nos recuerda que la prevención de los riesgos psicosociales debe formar parte de la gestión de la seguridad y la salud en las organizaciones.</p><p>Como se destacó en el webinar, cuidar la salud mental no significa aprender a aguantar más, sino 
   <strong>contar con recursos, saber poner límites, pedir ayuda y actuar sobre las condiciones de trabajo que pueden generar malestar</strong>.</p><p>Desde MAZ seguimos impulsando la sensibilización y el conocimiento en materia de salud laboral, promoviendo una prevención que tenga en cuenta tanto las condiciones de trabajo como el bienestar de las personas.</p><p style="margin-top&#58;20px;">
   <span class="ms-rteFontSize-1"><em>INFORMACIÓN RELACIO​NADA&#58; </em></span>
   <a href="https&#58;//healthy-workplaces.osha.europa.eu/es" target="_blank">
      <span class="ms-rteFontSize-1">
         <em>Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU-OSHA). Campaña «Compromiso por la salud mental en el trabajo» 2026-2028</em></span></a><span class="ms-rteFontSize-1"><em>; </em></span>
   <a href="https&#58;//healthy-workplaces.osha.europa.eu/es/get-involved/european-week" target="_blank">
      <span class="ms-rteFontSize-1">
         <em>Semana Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo. EU-OSHA</em></span></a><span class="ms-rteFontSize-1"><em>.</em></span></p> 
<br></div></div>
<div><b>Categoría:</b> <a onclick="OpenPopUpPage('https:\u002f\u002fportal.maz.es\u002fBlog\u002f_layouts\u002f15\u002flistform.aspx?PageType=4\u0026ListId={FE247C2F-A1CB-47CD-BDFC-4343B9C7CAE1}\u0026ID=1\u0026RootFolder=*', RefreshPage); return false;" href="https://portal.maz.es/Blog/_layouts/15/listform.aspx?PageType=4&amp;ListId={FE247C2F-A1CB-47CD-BDFC-4343B9C7CAE1}&amp;ID=1&amp;RootFolder=*">Empresa</a>; <a onclick="OpenPopUpPage('https:\u002f\u002fportal.maz.es\u002fBlog\u002f_layouts\u002f15\u002flistform.aspx?PageType=4\u0026ListId={FE247C2F-A1CB-47CD-BDFC-4343B9C7CAE1}\u0026ID=3\u0026RootFolder=*', RefreshPage); return false;" href="https://portal.maz.es/Blog/_layouts/15/listform.aspx?PageType=4&amp;ListId={FE247C2F-A1CB-47CD-BDFC-4343B9C7CAE1}&amp;ID=3&amp;RootFolder=*">Autónomo</a>; <a onclick="OpenPopUpPage('https:\u002f\u002fportal.maz.es\u002fBlog\u002f_layouts\u002f15\u002flistform.aspx?PageType=4\u0026ListId={FE247C2F-A1CB-47CD-BDFC-4343B9C7CAE1}\u0026ID=4\u0026RootFolder=*', RefreshPage); return false;" href="https://portal.maz.es/Blog/_layouts/15/listform.aspx?PageType=4&amp;ListId={FE247C2F-A1CB-47CD-BDFC-4343B9C7CAE1}&amp;ID=4&amp;RootFolder=*">Trabajador</a></div>
<div><b>Subcategoria:</b> Prevención</div>
<div><b>Publicada:</b> 22/10/2026 10:22</div>
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]]></description>
      <author>Blanca Pilar Peinado Fernandez</author>
      <category>Empresa; Autónomo; Trabajador</category>
      <pubDate>Thu, 22 Oct 2026 08:41:06 GMT</pubDate>
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    </item>
    <item>
      <title>El Impacto del Cambio de Horario en Nuestra Salud: Consejos para Adaptarse Mejor</title>
      <link>https://portal.maz.es/Blog/Lists/EntradasDeBlog/ViewPost.aspx?ID=469</link>
      <description><![CDATA[<div><b>Entrada:</b> El cambio de horario puede alterar temporalmente nuestros ritmos de sueño y descanso, provocando cansancio, dificultades de concentración o cambios de ánimo. En este artículo abordamos cómo influye en nuestra salud y qué hábitos pueden ayudarnos a adaptarnos mejor.</div>
<div><b>Imagen:</b> <a href="https://portal.maz.es/Blog/Lists/Fotos/cambio-de-hora-maz-salud-blog.jpg">El Impacto del Cambio de Horario en Nuestra Salud: Consejos para Adaptarse Mejor</a></div>
<div><b>Cuerpo:</b> <div class="ExternalClass568DCC045AF14ED8ACC44296E6F2853B"><p class="ms-rteElement-Entradilla"><strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Cómo afecta el cambio de horario a nuestra salud</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">Dos veces al año adelantamos o retrasamos los relojes una hora para adaptarnos al horario de verano o de invierno. Aunque se trata de un pequeño ajuste, puede influir en nuestro <strong>ritmo circadiano</strong>, el reloj biológico que regula funciones como el sueño y la vigilia.</p><p>Este desajuste puede provocar dificultades para conciliar el sueño, cansancio durante el día, irritabilidad o menor capacidad de concentración. Los efectos varían entre personas y suelen ser temporales, aunque la adaptación puede resultar más difícil para quienes tienen problemas de sueño o mantienen horarios poco regulares.</p><p>El cambio al horario de verano puede resultar especialmente complicado, ya que al adelantar el reloj una hora podemos perder tiempo de descanso.</p><p style="margin-top&#58;10px;"><strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Consejos para adaptarse mejor al cambio de horario</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">Mantener hábitos saludables y preparar el cambio con antelación puede facilitar la adaptación. Estas son algunas recomendaciones&#58;</p><ul><li style="margin-top&#58;-10px;line-height&#58;1.5em;"><strong>Ajustar progresivamente los horarios&#58;</strong> durante los días previos, adelantar o retrasar entre 15 y 20 minutos la hora de acostarse y levantarse, según el cambio de horario.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">​<strong>Aprovechar la luz natural&#58;</strong> pasar tiempo al aire libre, especialmente durante la mañana, ayuda a regular el reloj biológico.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">​<strong>Mantener rutinas regulares&#58;</strong> procurar que los horarios de sueño, comidas y actividad física sean lo más constantes posible.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">​<strong>Evitar estimulantes antes de dormir&#58;</strong> reducir el consumo de cafeína y evitar el alcohol cerca de la hora de acostarse, ya que pueden alterar la calidad del sueño.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">​<strong>Preparar un ambiente adecuado para descansar&#58;</strong> mantener el dormitorio oscuro, tranquilo y a una temperatura agradable, limitando también el uso de pantallas antes de dormir.</li></ul><p style="margin-top&#58;10px;"><strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Cuidar el bienestar emocional durante la adaptación</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">Los cambios en el descanso pueden influir también en nuestro estado de ánimo. Durante los primeros días, algunas personas pueden experimentar mayor irritabilidad, sensación de cansancio o dificultad para mantener la atención.</p><p>Para favorecer el bienestar, conviene respetar los tiempos de descanso, mantener una actividad física regular y dedicar algunos momentos a actividades relajantes, como la lectura, la respiración pausada o la meditación.</p><p>Si las dificultades para dormir o el malestar persisten, es recomendable consultar con un profesional sanitario.</p><p style="margin-top&#58;10px;"><strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Pequeños ajustes para recuperar el equilibrio</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">Aunque el cambio de horario puede alterar temporalmente nuestras rutinas, mantener una buena higiene del sueño y realizar ajustes progresivos ayuda a facilitar la adaptación.</p><p><strong>Escuchar las necesidades de nuestro cuerpo y priorizar el descanso</strong> son medidas sencillas para cuidar nuestra salud física y emocional durante estos cambios.<br><br></p><br></div></div>
<div><b>Subcategoria:</b> Salud</div>
<div><b>Publicada:</b> 21/10/2026 12:07</div>
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]]></description>
      <author>Blanca Pilar Peinado Fernandez</author>
      <pubDate>Fri, 25 Oct 2024 10:13:38 GMT</pubDate>
      <guid isPermaLink="true">https://portal.maz.es/Blog/Lists/EntradasDeBlog/ViewPost.aspx?ID=469</guid>
    </item>
    <item>
      <title>Cáncer de mama: cribado, señales de alerta y hábitos que ayudan a reducir el riesgo</title>
      <link>https://portal.maz.es/Blog/Lists/EntradasDeBlog/ViewPost.aspx?ID=667</link>
      <description><![CDATA[<div><b>Entrada:</b> El cáncer de mama sigue siendo el tumor más frecuente entre las mujeres en España. Conocer las señales de alerta, participar en los programas de cribado y cuidar algunos hábitos de vida son herramientas importantes para favorecer su detección precoz y reducir determinados factores de riesgo.</div>
<div><b>Imagen:</b> <a href="https://portal.maz.es/Blog/Lists/Fotos/dia-mundial-contra-el-cancer-de-mama-blog.jpg">Cáncer de mama: cribado, señales de alerta y hábitos que ayudan a reducir el riesgo</a></div>
<div><b>Cuerpo:</b> <div class="ExternalClass0E99C45B72FB4EDB9C54E80A68428F12"><p>Cada <strong>19 de octubre se celebra el Día Mundial contra el Cáncer de Mama</strong>, una oportunidad para recordar la importancia de la prevención y, sobre todo, de la detección precoz.</p><p>En España se estima que en 2026 se diagnosticarán <strong>38.318 nuevos casos de cáncer de mama en mujeres</strong>, lo que lo mantiene como el tumor más frecuente en este grupo de población. Aunque es mucho menos habitual, también puede aparecer en hombres.</p><p style="margin-top&#58;10px;"><strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">El cribado del cáncer de mama se amplía en España</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">Una de las principales novedades en 2026 afecta precisamente a los programas de detección precoz.</p><p>Hasta ahora, el programa común del Sistema Nacional de Salud contemplaba una <strong>mamografía cada dos años entre los 50 y los 69 años</strong>. En mayo de 2026, la Comisión de Salud Pública aprobó ampliar progresivamente la población objetivo a las <strong>mujeres de entre 45 y 74 años</strong>, manteniendo como referencia la periodicidad bienal.</p><p>La implantación será gradual y puede encontrarse en fases diferentes según la comunidad autónoma. Por ello, lo más recomendable es <strong>seguir las invitaciones del programa de cribado correspondiente al lugar de residencia</strong> y consultar con los profesionales sanitarios en caso de duda.</p><p>La mamografía permite detectar lesiones antes de que aparezcan síntomas y los programas poblacionales de cribado han demostrado reducir la mortalidad por cáncer de mama.</p><p style="margin-top&#58;10px;"><strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Autoexploración&#58; conocer nuestros cambios, pero sin sustituir el cribado</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">Durante años se ha insistido en realizar una autoexploración mamaria siguiendo una técnica y periodicidad determinadas. Sin embargo, actualmente <strong>no se considera una prueba de cribado que pueda sustituir a la mamografía</strong>, y la evidencia no ha demostrado que realizar autoexploraciones rutinarias reduzca por sí sola la mortalidad por cáncer de mama.</p><p>Sí es importante <strong>conocer el aspecto y las características habituales de las mamas</strong> para poder identificar cambios y consultar si aparece algo diferente.</p><p>Entre las señales que conviene valorar se encuentran&#58;</p><ul><li style="margin-top&#58;-10px;line-height&#58;1.5em;">Un <strong>bulto o engrosamiento</strong> en la mama o en la axila.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">​Cambios recientes en el <strong>tamaño, forma o contorno</strong> de una mama.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">​Alteraciones de la piel, como hundimientos, enrojecimiento o aspecto de <strong>piel de naranja</strong>.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">​Cambios en el pezón, especialmente una retracción reciente.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">​<strong>Secreción por el pezón</strong>, sobre todo si es sanguinolenta.</li></ul><p>La presencia de alguno de estos signos <strong>no significa necesariamente que exista un cáncer</strong>, pero sí debe consultarse para que pueda valorarse adecuadamente.</p><p style="margin-top&#58;10px;"><strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">¿Podemos reducir el riesgo de cáncer de mama?</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">No todos los factores de riesgo pueden modificarse. La edad, el sexo, determinados antecedentes familiares o algunas alteraciones genéticas forman parte de los factores sobre los que no podemos actuar.</p><p>Además, muchas personas diagnosticadas no presentan antecedentes familiares conocidos ni un factor de riesgo claramente identificable.</p><p>Sin embargo, existen hábitos asociados a un menor riesgo y que, además, aportan beneficios para la salud general&#58;</p><ul><li style="margin-top&#58;-10px;line-height&#58;1.5em;"><strong>Mantenerse físicamente activo</strong> de forma regular.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">​Procurar mantener un <strong>peso saludable</strong>, especialmente después de la menopausia.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">​<strong>Limitar el consumo de alcohol</strong>.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">​Evitar el <strong>tabaco</strong> y la exposición al humo.</li><li style="margin-top&#58;5px;line-height&#58;1.5em;">​Mantener una alimentación variada, priorizando frutas, verduras, legumbres, cereales integrales y alimentos poco procesados.</li></ul><p>Estos hábitos no eliminan la posibilidad de desarrollar un cáncer de mama, pero forman parte de las recomendaciones actuales para reducir factores de riesgo modificables.</p><p style="margin-top&#58;10px;"><strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">¿Y si existen antecedentes familiares?</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">Tener antecedentes familiares de cáncer de mama <strong>no significa que necesariamente se vaya a desarrollar la enfermedad</strong>, pero puede aumentar el riesgo en determinadas circunstancias.</p><p>Conviene comentarlo con un profesional sanitario cuando existen varios casos de cáncer de mama u ovario en una misma familia, diagnósticos a edades tempranas o antecedentes de determinadas alteraciones genéticas. En estos casos puede ser necesario realizar una <strong>valoración individual del riesgo</strong> y establecer un seguimiento diferente al programa poblacional habitual.</p><p style="margin-top&#58;10px;"><strong class="ms-rteThemeForeColor-6-4">Detección precoz y atención a los cambios</strong></p><p style="margin-top&#58;-10px;">La detección precoz continúa siendo una de las principales herramientas frente al cáncer de mama. Participar en los programas de cribado cuando corresponda y consultar ante un cambio persistente o inesperado permite estudiar posibles alteraciones lo antes posible.</p><p>En este Día Mundial contra el Cáncer de Mama, el mensaje es sencillo&#58; <strong>conocer nuestro riesgo, prestar atención a los cambios y acudir a los programas de cribado son pasos fundamentales para cuidar la salud mamaria.</strong></p><p style="margin-top&#58;20px;"><em class="ms-rteFontSize-1">FUENTES&#58; Ministerio de Sanidad; <a href="https&#58;//www.contraelcancer.es/es/todo-sobre-cancer/tipos-cancer/cancer-mama">Aso​ciación Española Contra el Cáncer​</a>; Organización Mundial de la Salud (OMS).</em></p></div></div>
<div><b>Subcategoria:</b> Salud</div>
<div><b>Publicada:</b> 19/10/2026 8:50</div>
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      <author>Blanca Pilar Peinado Fernandez</author>
      <pubDate>Fri, 16 Oct 2026 13:52:55 GMT</pubDate>
      <guid isPermaLink="true">https://portal.maz.es/Blog/Lists/EntradasDeBlog/ViewPost.aspx?ID=667</guid>
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