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Resumen del RD 504/2022 que modifica la regulación inscripción empresas a partir de enero 2023

​Dentro del resumen elaborado por mutua MAZ, destacamos las principales novedades agrupadas por regímenes, de este Real Decreto, por el que se modifican el Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, aprobado por el R. D. 84/1996, de 26 de enero, y el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, aprobado por el R. D. 2064/1995, de 22 de diciembre, para actualizar su regulación respecto a los trabajadores por cuenta propia o autónomos. En el resumen, realizado por mutua MAZ y enlazado al final, se puede ver con un detalle mayor la referencia al articulado de cada una de estas modificaciones introducidas, que entrarán en vigor el próximo 2 de enero de 2023.

Entre las novedades detallamos las siguientes modificaciones agrupadas por regímenes:

TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTONOMOS

  • Nuevo sistema de cotización para trabajadores por cuenta propia o autónomos en función de los rendimientos económicos obtenidos por su actividad.
  • Aumenta la información que han de facilitar y les permitirá cambiar sus bases de cotización hasta seis veces al año, en lugar de las cuatro actuales.
  • Los tipos y bases de cotización se fijarán, para cada ejercicio económico en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
  • Ampliación de cobertura obligatoria: determina la obligatoriedad de protección de la incapacidad temporal derivada de contingencias comunes, de las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y del cese de actividad que deberá formalizarse, de forma conjunta en el momento de causar alta, con una mutua (antes solo en el caso de contingencias comunes era obligatoria, y en supuestos especiales para accidente de trabajo y enfermedades profesionales).
  • Obligatoriedad de tramitación electrónica de los procedimientos de alta, baja y variación de datos de trabajadores, así como la actualización en cuanto a las especialidades sobre cobertura y Mutua MAZ. Resúmenes Legislativos Página 2 de 10 cotización respecto a determinadas contingencias, tanto en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos como en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, acomodándola así a la regulación legal actualmente vigente sobre esa materia.

    TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA AGRARIOS
  • La solicitud de inclusión en el sistema especial para trabajadores por cuenta propia agrarios vendrá acompañada, para acreditar cumplir con los requisitos, de declaración responsable que figurará en la propia solicitud y en la que el trabajador manifestará, bajo su responsabilidad, que cumple los referidos requisitos y que dispone de la documentación que así lo acredita, así como que la pondrá a disposición de la Tesorería General de la Seguridad Social cuando le sea requerida.
  • Podrán acogerse voluntariamente a la cobertura de la prestación económica por incapacidad temporal y (se añade como novedad) por cese de actividad.
  • La cobertura de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales en este sistema especial resultará obligatoria respecto a las contingencias de incapacidad permanente y muerte y supervivencia, sin perjuicio de la posibilidad de proteger voluntariamente la totalidad de dichas contingencias

    RÉGIMEN ESPECIAL DE LOS TRABAJADORES DEL MAR
  • Trabajadores por cuenta propia: Están obligados, además de proteger las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, como novedad, ahora también, a proteger la incapacidad temporal derivada de contingencias comunes y el cese de actividad.
  • En el supuesto de alta de oficio en este régimen especial, la cobertura de las contingencias a que se refiere este artículo se formalizará con el Instituto Social de la Marina, salvo que el trabajador afectado opte expresamente por una mutua colaboradora con la Seguridad Social.

    TRABAJADORES POR CUENTA AJENA
  • Establece un nuevo requisito informativo al dar el alta, debiendo indicar el nivel de formación, ocupación laboral y centro de trabajo

    Ver el resumen completo del Real Decreto 504/2022 con los detalles del articulado.

    Consulte nuestro apartado de Resúmenes legislativos.


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